Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

¿Qué medidas de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo
Autónomo entran en vigor el 26 de octubre de 2017?

  1. Bonificación para la contratación de familiares. Se trata de una bonificación del 100% de la
    cuota empresarial por contingencias comunes, durante 12 meses, cuando contrate de forma indefinida
    a familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  2. Bonificación para la conciliación familiar, del 100% de la cuota durante 12 meses para cuidar
    a menores de hasta 12 años.
  3.  Bonificación por maternidad. También tendrán derecho a una bonificación del 100% de la cuota
    de autónomos durante el periodo de baja por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento
  4.  Bonificación para autónomas que reanuden su actividad tras la maternidad. Si tras 2 años de
    cese de actividad deciden darse de alta por alguna de las circunstancias
    anteriores, podrán aplicar durante 12 meses una tarifa plana de 50 euros en su cotización.
  5. Posibilidad de compatibilizar la condición de autónomo con la pensión de jubilación. En los casos en que se jubile, pero tenga trabajadores a su cargo, podrá seguir dado de alta como
    autónomo y cobrar el 100% de su pensión.
  6. Cotización en los supuestos de pluriactividad. Los autónomos que compaginen su
    actividad con un contrato por cuenta ajena podrán reclamar el reintegro del 50% del exceso
    de sus cotizaciones.
  7. La cuota de los autónomos societarios se determinará en los Presupuestos Generales del Estado.
  8. Se reconocen los accidentes de trabajo “in itinere”, que se produzcan en sus desplazamientos para realizar su profesión.

 

Estas son las medidas de la Ley de Autónomos que entran en vigor en 2018.
Algunas de estas medidas son muy demandadas por el colectivo. A pesar de ello, tendrán que esperar
hasta el 1 de enero de 2018, puesto que la Disposición que regula la entrada en vigor así lo
establece. Probablemente, una de las que condicionarán la apertura de muchos negocios sea la
siguiente:

 

  1. Ampliación de la Tarifa Plana. La tarifa plana para nuevos autónomos se extiende de 6 a 12 meses. Y el periodo para poder disfrutar de ella, tras haber sido autónomo, se reduce hasta los 2 años. 3 años, en el caso de que ya hubiesen aplicado la tarifa plana anteriormente. La medida se complementa con una bonificación del 50% de la cuota, tras los 12 meses de tarifa plana, y un 30% durante los últimos 6 meses
  2. Recargo por ingresos fuera de plazo. Se reduce al 10% de la deuda si se abonan las cuotas
    dentro del mes natural siguiente
  3. Deducción por gastos de suministro. Cuando desarrolle su actividad en su domicilio habitual
    podrá deducir los gastos de suministro (luz, agua, etc..). Para ello se tendrá en cuenta la
    proporción del espacio destinado a trabajar, respecto al resto de la vivienda.
  4. Deducción de los gastos de manutención. Con un límite diario de 26,67 €, que se podrá
    ampliar hasta 48,08 € si el gasto se produce en el extranjero.